Las transas de Aquino y el “lastre”
Obrador
PURGATORIO:
El vocero del PRI en el Senado,
Carlos Jiménez Macías, calificó de “pájaro de cuenta” a José Aquino, quien ha
“tomado la extorsión como práctica cotidiana” a través de una “actitud
corriente”.
Luego de que se diera a conocer que
el empresario, que en junio hizo pública una acusación presentada en una corte
de California contra Luis Videgaray, David López, Roberto Calleja, Edwin Lino y
otras personas, porque supuestamente lo defraudaron con un proyecto para
difundir la imagen de Peña Nieto en Estados Unidos, ha hecho negocios con al
menos cinco nombres distintos.
El legislador coincidió con el
diputado Rogelio Cerda y mencionó que detrás de esta persona “poco honorable” y
“chantajista” estaría operando el consultor político Antonio Solá.
José Aquino ha hecho negocios como:
José Aquino, José Luis Ponce de Aquino, José Ponce de León, José Deaquino y
José Diaquino.
De acuerdo con documentos y
expedientes, Aquino ha enfrentado más de 100 demandas civiles en California en
los últimos 20 años.
PARAISO:
Con un estado de fuerza de 60 elementos, la Policía municipal de Toluca detuvo a 26 presuntos responsables de diversas faltas administrativas, cometidas en los alrededores del Estadio Nemesio Diez, durante el partido de futbol entre los equipos Toluca y Lobos Buap, los cuales fueron presentados ante el Oficial Calificador de la Comisaría Municipal para determinar las sanciones correspondientes por los hechos registrados.
INFIERNO:
Con un estado de fuerza de 60 elementos, la Policía municipal de Toluca detuvo a 26 presuntos responsables de diversas faltas administrativas, cometidas en los alrededores del Estadio Nemesio Diez, durante el partido de futbol entre los equipos Toluca y Lobos Buap, los cuales fueron presentados ante el Oficial Calificador de la Comisaría Municipal para determinar las sanciones correspondientes por los hechos registrados.
La
Dirección de Seguridad Pública de la capital mexiquense informó que como parte
dicho operativo fueron asegurados cinco menores de edad, por su presunta
responsabilidad en el delito de portación de arma prohibida, por lo que fueron
presentados ante la Agencia Especializada en Adolescentes de la Procuraduría
General de Justicia del Estado de México (PGJEM).
En otras
acciones, los elementos de la corporación municipal detuvieron a Pedro Calderón
Garduño, de 42 años de edad, por su presunta responsabilidad en el delito de
robo de herramientas de trabajo, por lo que inmediatamente fue trasladado a la
Agencia Central de la PGJE,, donde se dio inicio a la carpeta de investigación
correspondiente.
De igual
forma, en San Felipe Tlalmimilolpan, aseguraron a Saúl Azu Méndez Evaristo, de
20 años de edad, por su presunta participación en el delito de allanamiento de
morada; por el mismo delito fue aprehendido José Marcelino Jiménez Domínguez, de
60 años de edad, quedando ambas personas a disposición de la PGJEM, para
deslindar las responsabilidades correspondientes.
Y con el
operativo Langosta fueron recuperados dos automotores con reporte de robo, el
primero de ellos un Tsuru, modelo 1991 con placas del Distrito Federal, y una
camioneta Chevrolet Suburban, modelo 1996, por lo que ambos fueron trasladados y
puestos a disposición de la Agencia Especializada en el Robo de Vehículos de la
PGJEM.
INFIERNO:
Con el objetivo de proteger la
libertad de expresión, de pensamiento y de prensa, las Comisiones Unidas de
Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración
de Justicia de la LVII Legislatura
del Estado de México avalaron la despenalización
de los delitos de injurias,
difamación y calumnias.
Con ello, se establecen las bases
jurídicas para que los conflictos generados se ventilen por los medios de
justicia alternativa, lo cual, además contribuirán a la economía procesal y
asistir a las personas en la solución pacífica de estos hechos.
El proyecto de decreto que conjunta
las iniciativas presentadas por el titular del Ejecutivo estatal y los
diputados Noé Barrueta Barón y Daniel
Parra Ángeles, establece que no podrá
demandarse la reparación del daño a quien ejerza
su derecho de opinión, crítica,
expresión o información en términos de lo dispuesto por
los artículos 6 y 7 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuando se haya hecho a
un funcionario o persona que haya obrado con carácter público,
si la imputación fuere relativa al
ejercicio de sus funciones o cuando el demandado obre
por motivo de interés público o
privado, pero legítimo.
Asimismo, ejecutar una acción o
proferir una expresión
que, por su naturaleza, ocasión o
circunstancia pueda
perjudicar la reputación del
agraviado fuera de una contienda de
obra o palabra y con
ánimo de ofender, además de
imputar a otra falsamente un
delito, ya sea porque el hecho
es falso o inocente la persona
a quien se imputa.